16 SEPTIEMBRE DEL 2011.-
Mareos, nauseas, cefaleas, pérdidas del apetito y trastorno del sueño, producto de la exposición a un lugar con escasa concentración de oxigeno, incluso hasta 60 por ciento menos de lo que requiere nuestro cuerpo para funcionar en índices normales son los antecedentes que llevaron al diputado e integrante de la Comisión de Minería, Marcos Espinosa Monardes a presentar los proyectos destinados a normar el trabajo minero en condiciones de altura.
La primera de estas iniciativas es que se desarrolle un estudio específico de los efectos para la salud del trabajo minero en altura. Al mismo tiempo solicitó que se decrete un estatuto especial sobre las labores efectuadas en estas condiciones laborales.
El parlamentario representante del Tercer Distrito argumentó que trabajar a más de 4 mil 500 metros de altura, en distintos turnos, incluso de noche, con sometimiento a temperaturas de 25 grados bajo cero en invierno y de más de 40 grados en verano, sumado a la falta de oxigeno puede producir: aumentos en la frecuencia cardiaca y respiratoria, con altos índices de creación de edemas pulmonares, accidentes cardiovasculares y cerebro vasculares, lo que derivan en inhabilidades hasta ahora “comunes” y no por causa del trabajo, e incluso en algunos casos, la muerte, apuntó.
Bajo estas condiciones laboran miles de trabajadores en el norte de nuestro país, por ello es necesario –acotó- contar con un instrumento imprescindibles para adoptar las medidas de prevención y reparación necesarias, sobre todo para guiar las obligaciones y responsabilidades de los empleadores al momento de contratar y mantener trabajadores en faenas de este tipo.
Marcos Espinosa al mismo tiempo entregó otros antecedentes que hacen necesario la dictación de un estatuto que regule el trabajo en Altura, entre estas consideraciones expuso la falta de medidas específicas de prevención de daños a la salud, falta de medidas específicas en materia de seguridad laboral, falta de un catálogo específico de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo en esta área.Tiempo de traslado de varias horas, las que no se cuentan como jornada de trabajo, pero en las cuales los trabajadores si se encuentran bajo disposición del empleador.
Señaló que algunas empresas destinan el hospedaje y convivencia de los trabajadores en campamentos que se encuentran cerca de las faenas y que permitan el acceso en menor tiempo. Pero que traen como consecuencia la falta de descanso adecuado y la separación de los trabajadores de sus familias y entorno social, costo que solo es de parte de ellos.
Agregó que para todos es conocido que las jornadas de trabajos especialmente en zonas mineras son extendidas, y con turnos, incluso de noche, donde existe sometimiento a temperaturas de 25 grados bajo cero en invierno, y de más de 40 grados en verano.
El diputado representante de la Región de Antofagasta indicó que otra materia de preocupación es el “No respeto de los días de descanso”, al no existir una alternativa legal que permita el correcto desarrollo de la labor minera en estas condiciones, en concordancia con los derechos de los trabajadores y la inexistencia de medidas específicas en materia de previsión social de estos trabajadores.
Marcos Espinosa manifestó su satisfacción por que estos antecedentes presentados para su análisis en la Cámara de Diputados hayan tenido el respaldo parlamentario, lo que significa que el Presidente de la República instruya al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que envié estos proyectos de gran impacto en el mundo laboral, especialmente minero.







